
Bogotá, enero de 2022.- El Departamento Administrativo de la Función Pública invita a todos los servidores públicos de elección popular, a los gerentes y altos directivos del Estado de las tres ramas del poder público, a los contratistas descritos en la Circular Externa de Función Pública No. 100-019, y a los demás sujetos obligados de la Ley 2013 de 2019 a registrar y tener actualizada su declaración de bienes y rentas, conflictos de interés e impuesto sobre la renta en los términos ordenados por esta norma.
Con este fin, Función Pública ha dispuesto el Aplicativo por la Integridad Pública, la herramienta del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP) en la que los sujetos obligados deben registrar su declaración de bienes y rentas, el registro de conflictos de intereses y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, a partir de los siguientes conceptos:
• Ingreso: requisito para posesionarse del cargo o previo al ejercicio de la función pública, prestación de servicios públicos o administración de bienes o recursos públicos.
• Retiro: requisito para retirarse del cargo o previo al término del ejercicio de la función pública, prestación de servicios públicos o administración de bienes o recursos públicos.
• Periódica: la declaración de Ley 2013 de 2019 deberá ser actualizada cada año mientras subsista la calidad de sujeto obligado de dicha ley.
• Otra (Actualización): Todo cambio que modifique la información contenida en la declaración de bienes y rentas y en el registro de conflictos de interés, deberá ser comunicado a la respectiva entidad y registrado dentro de los dos (2) meses siguientes al cambio; y la copia de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios se deberá actualizar dentro del mes siguiente a la presentación de la última declaración del año gravable ante la DIAN.
“Invitamos a los servidores públicos de elección popular y de cargos directivos, a los gerentes de entidades públicas, a los contratistas y a quienes ejercen una función pública, como notarios y curadores, entre otros, de todo el país a registrar, publicar y tener actualizada su declaración de bienes, rentas y conflictos de intereses como parte del compromiso de todo el Estado con la integridad y la transparencia en el servicio público”, anotó el Director de Función Pública, Nerio José Alvis Barranco.
Es importante señalar, que la Declaración de Bienes y Rentas que deben presentar todos los servidores públicos de entidades y organismos públicos y formalizar en el SIGEP en cumplimiento de la Ley 190 de 1995 y del Decreto 1083 de 2015, no exime a los sujetos obligados de la Ley 2013 de 2019 de la presentación de sus declaraciones de bienes y rentas, conflictos de interés e impuesto sobre la renta en el Aplicativo de Integridad Pública.
Acerca de la Ley 2013 de 2019
Con el propósito de cumplir y fortalecer los principios de integridad y transparencia y el ejercicio del control social en la administración pública, el Presidente de la República, Iván Duque, sancionó la Ley 2013 del 30 de diciembre de 2019, que obliga a altos funcionarios del Estado a publicar su información de bienes y Rentas, así como el registro de conflictos de interés, la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y los aportes en las campañas para cargos de elección popular.
La información descrita anteriormente es requisito para posesionarse, ejercer o retirarse del cargo.
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