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No se necesitan más normas, se necesitan pantalones

Escribe: DMar Córdoba S.

Con esta frase el exministro del Interior y de Justicia, Fernando Londoño Hoyos, mostraba su reparo al anuncio del Presidente Iván Duque, quien resolvió en momentos en que el país cumple 2 meses de paro criminal, salir a decir que le pedirá al Congreso que legisle una nueva norma antidisturbio y antivandalismo.

En este país hace carrera la idea absurda que entre más normas, menos delincuencia, y claramente aunque en Colombia se aprueba una ley en promedio cada cinco días, nada garantiza que las cosas estén cambiando.

Decía Tácito, político e historiador romano que: “Cuanto más corrupto es el Estado, más numerosas son las leyes” y es lo que nos está pasando en Colombia; el populismo punitivo, nace como respuesta a unos sectores que poco o nada entienden de Derecho, pero que sí son votos para las próximas elecciones.

El Presidente Iván Duque que no goza de una imagen favorable a sus propósitos, (23% según Gallup para junio) comentó en un evento público: que “no se puede exigir derechos, disociando los derechos de otros, no se pueden reivindicar derechos cercenando a otros. Hoy tenemos que rechazar con claridad a la violencia y el vandalismo y por eso invito a todos los miembros del Congreso a trabajar en una nueva legislatura para que tengamos en Colombia una ley moderna antidisturbios”

¿Una ley moderna antidisturbios? ¿Entonces tenemos una ley obsoleta en ese sentido? Pues francamente no la conocemos, y creemos además que el tema no es de más normas, sino de hacer cumplir las que tenemos que ya son bastantes.

De acuerdo con la Constitución Política artículo 37: “Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.”

Con base en lo que dice la Constitución, está claro que no existe el derecho al terrorismo y menos a la protesta violenta, entonces para qué más normas que no solo resultan inútiles sino en un desgaste para un Congreso que produce una ley cada cinco días.

Algunos dirán que dónde está el poder del Presidente Duque para ejecutar acciones que impidan que sigan incendiando el país, y para eso habrá que ver algunas de las facultades que entrega la Constitución al mandatario.

El artículo 189 numeral 4 dice: “Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (…) Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado.” ¿Entonces dónde está la duda? Además puede el Presidente de los colombianos usar la Conmoción Interior de la que trata el artículo 213, que le da facultades extraordinarias al jefe del Ejecutivo para superar los graves hechos en materia de orden público.

Ahora bien, tenemos todo un catálogo de normas administrativas y penales para imponer el orden en virtud de la coerción del derecho, (impone in invitum) el derecho se impone incluso en contra de la voluntad de los obligados y hace realidad con sanciones.

Tenemos entre las conductas de los de Primera Línea, que son típicas, antijurídicas y culpables, con hechos como el secuestro agravado de policías, artículos 168 y 170; artículo 429, violencia contra servidor público; artículo 353A, obstrucción a vías públicas que afecten el orden público; artículo 350, Incendio; artículo 365, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; entre otros tantos que nos llevan a concluir que el problema no es la ausencia de normas, sino la falta de carácter para imponer la Constitución y la Ley.

La ley no se negocia, se impone… si seguimos negociando con los vándalos y legislando a la medida de algunos, terminaremos por quedarnos sin patria y sin país.

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